El Gobierno designó a los integrantes del directorio de OSFA, la nueva obra social del personal militar

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El directorio del OSFA fue oficializado por medio del Boletín Oficial

Luego de la reestructuración integral del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA) a causa de una crisis financiera; se procedió a la creación de dos entidades autárquicas: la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) y la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG). En ese marco, el Gobierno anunció quienes son los titulares y suplentes que integrarán el directorio de OSFA.

Por el artículo 1° del Decreto N° 88/26 publicado en el Boletín Oficial, se creó en el ámbito del Ministerio de Defensa la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) como un ente autárquico, dotado de personería jurídica y legitimación procesal. Esta nueva entidad tendrá capacidad para actuar en el ámbito del Derecho Público y del Derecho Privado, conforme lo dispone el artículo 8°, inciso c) de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.

La OSFA desarrollará su accionar en todo el territorio de la República Argentina, bajo la fiscalización y el control del Ministerio de Defensa, que actuará como Autoridad de Aplicación. La conducción de la OSFA estará a cargo de un Directorio compuesto por cinco miembros titulares y cinco suplentes, todos designados y removidos por el titular del Ministerio de Defensa.

La integración contempla dos miembros propuestos por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército, uno por el Jefe del Estado Mayor General de la Armada, otro por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina y un representante del personal civil de las Fuerzas Armadas o de la OSFA, según el mecanismo que establezca la reglamentación.

La presidencia y vicepresidencia del Directorio serán ejercidas de manera rotativa, de acuerdo a la futura reglamentación, y designadas entre los miembros titulares representantes de cada Fuerza por el Ministro de Defensa.

La reestructuración del IOSFA se llevó a cabo en medio de una fuerte crisis financiera

En respuesta a las propuestas elevadas por los Jefes de Estado Mayor del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea Argentina, el Ministro de Defensa designó como miembros titulares del Directorio de la OSFA, por el término de dos años, a las siguientes personas: GR BR (R) Sergio Maldonado, GR BR (R) Omar Horacio Domínguez, Capitán de Navío (R.E.) Gustavo Rubén Rivas y Comodoro (R) Juan Carlos Ruiz Pringles. Los suplentes designados son CR A (R) Juan José Collins, CR I (R) Darío Gabriel Banchio, Capitán de Navío (R.E.) Miguel Ángel Alonso y Comodoro Mayor Sergio Luis Busdrago.

Más allá de anunciar quienes serán los nuevos integrantes del directorio, se indicó que los mismos ejercerán funciones por un período de dos años, con posibilidad de ser reelegidos una única vez. En caso de dimisión o ausencia justificada, los suplentes podrán reemplazar a los titulares con las mismas atribuciones.

Para integrar el Directorio, los candidatos deben reunir condiciones de idoneidad técnica y experiencia en áreas como administración de servicios de salud, seguridad social, gestión pública, administración financiera o dirección de grandes organizaciones.

La medida, dictada en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 88/26, establece que los designados deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos de idoneidad técnica y experiencia previstos en la normativa vigente. El GR BR (R) Sergio Maldonado fue nombrado como Presidente del Directorio y el GR BR (R) Omar Horacio Domínguez como Vicepresidente, ambos por el plazo fijado en el decreto.

La creación de la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA) implica que, a partir de la disposición del Ministerio de Defensa, la atención y cobertura médica de los integrantes de las fuerzas quedará bajo la órbita de esta nueva entidad, que actuará con autonomía y bajo control estatal, cubriendo todo el país y con un Directorio de composición mixta entre representantes de las distintas ramas militares y del personal civil.

Tanto OSFA como OSFFESEG deberán destinar un mínimo del 80 % de sus recursos a servicios de salud, mientras que los gastos administrativos y de funcionamiento no podrán superar el 8 %. Si existiera excedente tras cumplir estos requisitos, hasta un 12 % podría aplicarse a otras prestaciones sociales. Los aportes se calcularán sobre toda retribución remunerativa y no remunerativa, excluyendo asignaciones familiares, gastos y viáticos.






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