Reforma Penal Juvenil: cómo funciona el sistema escalonado de sanciones para menores

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En Infobae en vivo, la reforma penal juvenil fue abordada desde su eje más innovador: el sistema escalonado de sanciones, que busca transformar el modo en que la justicia responde a los delitos cometidos por adolescentes. “El sistema escalonado significa penas alternativas ante, por ejemplo, una situación de hurto. No es que el menor va a ser detenido ante todos los delitos”, describió Malena de los Ríos, y marcó así el corazón del cambio.

Durante el análisis con el equipo de Infobae al Regreso –Gonzalo Aziz, Diego Iglesias, Malena de los Ríos, Matías Barbería y Martín Tetaz–, se detallaron los criterios y alcances del nuevo régimen. Aziz precisó: “Son pasibles de ser juzgados y penalizados los menores que cometen delitos cuya pena en el Código Penal supere los tres años de prisión”. De los Ríos amplió: “Servicios comunitarios, reparación del daño y monitoreo electrónico. O sea, sistema escalonado significa penas alternativas ante, por ejemplo, una situación de hurto”.

Cómo opera el sistema escalonado en la ley penal juvenil

El principal cambio de la reforma penal juvenil pasa por la gradualidad de las sanciones: la prisión queda reservada solo para los delitos graves, mientras que la mayoría de los casos accederán a penas alternativas. Aziz sintetizó: “Delito más grave, escalona pena más grave. Es como una escalera que sopesa el tamaño del delito versus la cantidad o el tipo de penalidad”. De los Ríos explicó: “Solamente para delitos graves, por ejemplo, homicidio, va a ser la detención la alternativa”. El nuevo régimen marca que la última instancia sea la prisión y que, en la práctica, los jóvenes cumplan sanciones como servicios comunitarios o reparación del daño.

La especialista remarcó: “Prisión solo para delitos graves, pena máxima hasta 15 años. El proyecto del oficialismo buscaba que sean veinte. Hubo consenso para bajar de 20 a 15 y sin contacto con adultos en institutos especializados”. Además, advirtió: “Hoy preguntás, hay realmente escasez… no tienen las herramientas para brindar monitoreo electrónico, pero van a tener que buscar la manera para también financiar ese tipo de herramientas”.

La reforma de la ley penal juvenil incorpora nuevas figuras y responsabilidades estatales para asegurar la efectividad del sistema escalonado. De los Ríos puntualizó: “Lo del supervisor especializado es una figura nueva. No solamente es el armado de la infraestructura, también los sueldos profesionales tienen que estar contemplados”.

La reforma legal establece que los menores solo podrán ser detenidos cuando el delito supere los tres años de prisión según el Código Penal argentino

Iglesias sumó: “Lo que yo tengo duda es que efectivamente estén estos lugares en las condiciones necesarias”. De los Ríos explicó: “La ley actual hoy, en función de los niños, lo que pasa es directamente el juzgado, el juez decide inmediatamente: la opción es vayan directamente con los padres. Acá el supervisor lo que ayudaría es que el chico esté dentro de un entorno donde pueda cumplimentar con estas penas alternativas”.

Imputabilidad, garantías y el seguimiento internacional

El proyecto de reforma penal juvenil mantiene la imputabilidad desde los 14 años, pero suma garantías procesales y defensa para los adolescentes. Aziz recordó: “La Comisión Interamericana de Derechos Humanos puso un ojo sobre la Argentina al decir: ‘Ojo, porque vos tenés un juez que no tiene la facultad de penalizar a un pibe de menos de dieciséis, pero sí lo puede meter en un instituto de menores, lo está privando de la libertad sin darle la posibilidad de ser juzgado y eventualmente condenado de manera justa’”. Según de los Ríos, “respecto a la imputabilidad, es a partir si sale de los catorce. Después, en eso no va a haber cambio”.

Aziz reforzó: “Abogado gratuito, asistencia social gratuita, acompañamiento a la familia gratuito. Hay como una especie de ley de victimario que al mismo tiempo, por la edad, es una víctima también de un montón de cosas que la sociedad le ha propinado. Darle la garantía desde el Estado de que se pueda defender aun luego siendo condenado”.

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